domingo, 30 de enero de 2022
sábado, 29 de enero de 2022
Los sindicatos por " la derogación íntegra de las reformas laborales " se concentran en Madrid ante el Congreso de Diputados
Las organizaciones sindicales firmantes, relacionadas en el encabezamiento, manifestamos nuestra rotunda oposición al acuerdo suscrito por el Gobierno con los autodenominados agentes sociales y que se pretende convalidar en el Congreso.
El acuerdo suscrito no supone la derogación de las reformas laborales de 2010 y 2012 ni la recuperación de los derechos perdidos por las personas trabajadoras con esas reformas.
En este sentido, manifestamos nuestro compromiso para mantener viva esa reivindicación de derogación completa de ambas reformas e impedir que se consoliden los derechos perdidos a través de esta NO reforma laboral que se pretende aprobar.
Los que se autoproclaman agentes sociales no representan ni a todas las personas trabajadoras ni a todos los sindicatos existentes en el estado español, por lo que no pueden negociar ni acordar nada que afecte al conjunto de trabajadoras y trabajadores del estado. La afiliación conjunta de esos dos sindicatos supone alrededor del 8,5% de la población activa, por lo que el resto de dicha población, el 91,5%, o está afiliada a otros sindicatos o no está afiliada a ninguno.
Por todo ello, exigimos al Gobierno la retirada de la NO reforma que se pretende y la derogación total de las reformas laborales de 2010 y 2012.
Para ello, convocamos a todas las trabajadoras y los trabajadores del estado a una concentración EL DIA 3 DE FEBRERO A LAS 11 h., en Madrid, frente al Congreso de los Diputados, para manifestar nuestra rotunda oposición a que se convalide el infame acuerdo y se convierta en Ley. En cualquier caso, seguiremos exigiendo que se deroguen las reformas laborales de 2010 y 2012 y no permitiremos que con este acuerdo se dé por solucionado un conflicto sin que las personas trabajadoras hayan recuperado los derechos perdidos con dichas reformas laborales.
Confederación Intersindical, Confederación General del Trabajo (CGT), Intersindical Canaria, Central Unitaria de Traballadoras (CUT-Galiza), Intersindical Alternativa de Catalunya (IAC), Ezker Sindikalaren Konbergentzia (ESK), Euskalherriko Irakaskuntzako Langileen Sindikatua (STEILAS), Frente Sindical Obrero de Canarias (FSOC), Intersindical de Aragón (IA/cobas), Colectivo Asambleario de Trabajadores y Trabajadoras de Aragón (CATA), Plataforma Sindical Plural (CCP, FETICO, USO, CSL y GESTHA), Coordinadora de Trabajadores de Andalucía (CTA-Andalucía), Federación Sindical Mundial (FSM), Alternativa Sindical de Clase (ASC), Solidaridad Obrera (SO), Intersindical Cántabra (I.C.), Consejo Sindical Obrero (CSO), Comisiones de Base (COBAS), Sindicato de Trabajadores (STR), Colectivo Unitario de Trabajadores (CUT-Aragón), Sindicato Asambleario de Sanidad (SAS), Sindicato Cántabro de Asalariados del Transporte (SCAT), Intersindical Valenciana (I.V.), Movimiento Asambleario de Trabajadoras de la Sanidad (MATS), Sindicato de la Elevación (S.E.), Sindicato de Trabajadores de las Comunicaciones (STC), Sindicato Ferroviario (SF), Sindicato de Trabajadoras y Trabajadores de la Enseñanza (STEs), Sindicato Unitario de Cantabria (SUC), Coordinadora Estatal del Sector del Handling y Aéreo (CESHA).
sábado, 15 de enero de 2022
El digital catalán Crític publica "Los nuevos esclavos de Almería" sobre la realidad de los trabajadores del campo migrantes
Leer más: https://www.elcritic.cat/reportatges/els-nous-esclaus-dalmeria-107748
lunes, 10 de enero de 2022
WWF denuncia " Un ataque demoledor al Parque Natural de Doñana "
amnistíe a los agricultores ilegales que están destruyendo Doñana.
No sólo hemos denunciado esta situación sino que hemos trabajado para encontrar soluciones que permitieran avanzar hacia la sostenibilidad del sector agrícola en Doñana. Tras años de trabajo de todas las administraciones y actores en la zona, por fin en 2014 el Consejo de Gobierno andaluz aprobó el Plan Especial de la Corona Forestal de Doñana o “Plan de la Fresa”, con el objetivo de reordenar el territorio mediante la regularización de las fincas consideradas como superficie agrícola regable (las que estaban en riego con anterioridad a 2004 y no hayan transformado zonas forestales a agrícolas sin permisos) y la obligación de eliminar la superficie regada sin permiso que no cumplieran los dos aspectos anteriormente mencionados.
En todo este tiempo la Junta de Andalucía no sólo no ha puesto en marcha ni ejecutado la mayor parte de las medidas contempladas en el Plan y no ha eliminado ni una sola hectárea de invernaderos ilegales, sino que ahora pretende unilateralmente revocar el Plan de la Corona Forestal, con la modificación de dos aspectos claves: por un lado, propone cambiar la fecha de regularización de regadíos de fincas que estuvieran en riego en 2004 a 2014, lo que ampliaría sustancialmente la franja de fincas a amnistiar, y por otro incluye aspectos para no cumplir la Ley Forestal Andaluza permitiendo legalizar a fincas que hayan cambiado de cultivo forestal a agrícola sin permiso.
Con esos dos importantes cambios, se amnistiaría más del 85% de la superficie de regadío manifiestamente ilegal que amenaza Doñana.
En concreto, se amnistiarían unas 1.460 hectáreas mediante la aprobación de una Proposición de Ley bajo el engañoso nombre de “mejora de la ordenación de las zonas de regadío del condado de Huelva, en los términos municipales de Almonte, Bonares, Lucena del Puerto, Moguer y Rociana del Condado (Huelva)” que pretende cambiar las reglas del juego.
Descrédito internacional:
Ruptura unilateral del consenso en Doñana:
Sin embargo, ni el Partido Popular ni la Junta de Andalucía han informado al Consejo de Participación de Doñana de esta Proposición de Ley que pretende evitar cualquier tipo de participación pública y dinamitar los acuerdos alcanzados por la vía de los hechos consumados.
Desprestigio internacional para las fresas de Doñana y competencia desleal:
Llevamos años colaborando con todos los grandes supermercados europeos compradores de fresas de la comarca de Doñana y siempre ha defendido ante ellos la validez del Plan de la Corona Forestal como marco para la compra de fresas y frutos rojos de la zona. Los mismos supermercados manifestaron públicamente su apoyo al Plan de la Corona Forestal con cartas enviadas tanto al Gobierno Central como al Andaluz.
En caso de seguir adelante la propuesta del PP, WWF se desvinculará de su compromiso con dicho Plan y su zonificación e informará inmediatamente a los mercados y consumidores europeos de la tramitación de este Proyecto de Ley y de la ruptura del consenso y por primera vez les reclamará públicamente que tomen estrictas medidas de control para garantizar que las frutas procedentes de Huelva no contienen fresas o frutos rojos ilegales procedentes de esta amnistía.
Además, WWF denunciará esta grave amenaza ante todos los organismos internacionales que velan por la integridad del estado de conservación de Doñana.
Esta amnistía unilateral a una minoría de ilegales, motivada únicamente por razones electorales y por la presión cada vez mayor de la fiscalía, supone un duro golpe y una competencia desleal para aquellos productores en Doñana que se esfuerzan por cumplir la ley y diferenciarse en un mercado europeo cada vez más saturado y más exigente, siendo un aspecto totalmente inédito.
Agricultores legales, que hacen su trabajo correctamente y han comprado fincas legales de riego a un precio alto, competirán en el mercado con ilegales que tienen fincas de secano o incluso forestales que con esta Proposición de Ley del PP los igualaría en el mercado, pero con una diferencia de costes de producción desproporcionada.
Competencia por el agua:
miércoles, 5 de enero de 2022
Mesa de autores del CSIC: Las bases físicas del cambio climático
Las bases físicas del cambio climático, encuentro con los autores del Sexto Informe IPCC
Análisis de la Reforma Laboral por Paco Cabello sindicalista del SAT
El Real Decreto-ley que implanta la Reforma Laboral 2021 pactada entre el Gobierno y los agentes sociales entrará en vigor este viernes, 31 de diciembre, tras su publicación el 29 de diciembre en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
No obstante, el nuevo marco de contratación establecido en esta norma entrará en vigor tres meses después de la publicación del decreto en el BOE, por lo que las empresas tendrán de plazo hasta el 30 de marzo para adaptarse al mismo.
Los contratos de obra o servicio y los eventuales por circunstancias de la producción celebrados desde hoy hasta el 30 de marzo de 2022 se regirán por la normativa legal vigente en la fecha en la que se hayan concertado, pero su duración no podrá superar los seis meses.
En el caso de haberse celebrado antes del 31 de diciembre, estos contratos, así como los contratos fijos de obra de la construcción, resultarán de aplicación hasta su duración máxima.
La reforma laboral, aprobada el pasado martes en el Consejo de Ministros, persigue poner coto a la temporalidad, devolver todo el poder ( y los dineros y subvenciones) a CCOO-UGT en la negociación colectiva e incorporar a la legislación ordinaria los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) que sustituirán a los utilizados en pandemia, pero con el mismo objetivo: dar todo el poder regulatorio a los empresarios arguyendo que así se evitarán los despidos.
Contrato de trabajo.
El contrato de trabajo ordinario será el indefinido y que sólo podrán hacerse contratos temporales con causas que los empresaurios consideren oportunas.
La reforma establece que el contrato de trabajo ordinario será el indefinido y que sólo podrán hacerse contratos temporales con las siguientes causas: por circunstancias de la producción y por sustitución de otro trabajador con reserva de puesto de trabajo.
El primero sólo podrá concertarse por incrementos ocasionales imprevisibles de la producción u oscilaciones de la demanda, por un tiempo máximo de seis meses, ampliables a doce si así lo establece el convenio colectivo sectorial de turno.
Esta causa podrá emplearse en situaciones previsibles, como las campañas de Navidad o agrícolas ( esto va a aser «mortal» para el ya precarizado sector agropecuario), por un periodo máximo de 90 días al año no consecutivos. En este tiempo, las empresas podrán realizar contratos temporales con causas que, aun siendo previsibles, tengan una duración reducida y limitada dentro de la contratación fija.
De esta forma, se abandona el contrato por obra o servicio para sustituirlo por otros más breves en el tiempo, que permitía temporalidades que en algunas ocasiones llegaban a los cuatro años.
El contrato temporal por sustitución podrá celebrarse para sustituir a personas durante una suspensión del contrato con reserva de puesto de trabajo, para cubrir la jornada reducida por causa legal o convencional, así como para cubrir vacantes durante un proceso de selección. En este último supuesto la duración del contrato no podrá exceder de tres meses.
Con esta reforma, el contrato de obra en la construcción pasará a ser indefinido y cuando finalicen las tareas de la obra para la que ha sido contratado un trabajador, la empresa tendrá que indemnizarle, recolocarle en otra obra o formarle.
Si el trabajador rechazara la oferta o no pudiera recolocarse por no existir puesto adecuado, se producirá la extinción del contrato, con una mísera indemnización del 7% calculada sobre los conceptos salariales establecidos en convenio colectivo.
Los sectores que estacionalmente recurren a contratos temporales tendrán que utilizar a partir de la entrada en vigor de la nueva regulación de contratos el fijo-discontinuo, que, en principio, pueden dar lugar a los mismos derechos que el resto de indefinidos.
Los trabajadores con este tipo de contratos serán colectivo preferente para las acciones formativas. Los convenios sectoriales podrán establecer bolsas de empleo ( al servicio del enchufismo y clientelismo de los sindicatos del pesebre y la patronal) para, supuestamente, favorecer su contratación y mejorar su formación durante los periodos de inactividad.
Asimismo, la norma reducirá a 18 meses en un periodo de 24 meses el plazo de encadenamiento de contratos para adquirir la condición de trabajador indefinido, frente a los 24 meses en un periodo de 30 meses vigente actualmente, lo que constituye una nueva institualización y legislación de la contratación precaria.
Multas de hasta 10.000 euros
El incumplimiento de las normas que regulan la contratación temporal llevará a que el trabajador sea considerado indefinido. Las sanciones por el uso fraudulento de la contratación temporal se elevan desde un máximo de 8.000 euros a un máximo de 10.000 euros y pasarán a aplicarse por cada situación fraudulenta y no por empresa, como hasta ahora.
Además, la reforma penalizará con una tasa fija a las empresas que abusen de contratos temporales inferiores a 30 días: tendrán que pagar una cotización a la Seguridad Social adicional de 26 euros por cada contrato que den de baja.
Esta penalización será creciente. Así, cuantos más contratos de corta duración se den de baja, mayor será el desincentivo. Con un contrato corto de 10 días la penalización será de 26 euros; si el mismo tiempo de trabajo se cubriera con dos contratos de cinco días de duración, el sobrecoste en la cotización sería de 52 euros.
Esta cotización adicional no se aplicará excepcionalmente a los regímenes especiales de trabajadores por cuenta ajena agrarios, de empleados de hogar, de la minería del carbón y tampoco a los contratos por sustitución.
Los «nuevos» contratos de formación
Al mismo tiempo, la reforma refuerza la definición y causalidad del contrato formativo, ofreciendo dos tipos de contrato: el de formación en alternancia, que combinará trabajo y formación, y el contrato para la adquisición de la practica profesional.
En el primero de ellos, las jornadas no podrán superar el 65% el primer año y el 85% en el segundo año, sin poder realizar horas extra, trabajo a turnos o jornadas nocturnas. La retribución se adaptará al convenio y no podrá bajar del 60% el primer año y del 75% en el segundo año. Nunca será menor al SMI proporcional a la jornada y un tutor se encargará de monitorizar el plan formativo individual.
Por su parte, los contratos para la obtención de la práctica profesional podrán celebrarse hasta un máximo de tres años (o cinco años en el caso de p
ersonas con discapacidad) después de obtenida la certificación. Tendrán entre seis meses y un año de duración. La retribución será la propia del convenio para el puesto y contarán también con seguimiento tutorial.
El decreto deroga la disposición adicional decimosexta del Estatuto de los Trabajadores que permitía acometer despidos por causas económicas en las administraciones públicas, disposición que sognificaba una amenza que, hasta el momento, nunca se había aplicado desde el año 2012.
Negociación colectiva, y ERTE
La norma recupera la ‘ultraactividad’ plena de los convenios colectivos, de forma que éstos se prorrogarán hasta que sean sustituidos por otros nuevos, sin un límite de tiempo.
Además, el convenio de sector recuperará alguna ( que no toda) su prevalencia sobre el convenio de empresa. En una clara cesión y claudicación ante los empresarios, se regula que el convenio de empresa podrá regular la elección entre abono o compensación de horas extras; el horario y la distribución del tiempo de trabajo; la adaptación de la clasificación profesional y las medidas de conciliación familiar, pero no la jornada laboral ni el salario.
Además, a las contratas y subcontratas se les aplicará el convenio del sector de la actividad realizada o el de la empresa principal. El convenio de empresa sólo podrá aplicarse por la contratista si determina mejores condiciones salariales que el sectorial que resulte de aplicación.
Asimismo, la norma potencia los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) que ponen en manos de los empresarios el futuro y salarios de trabajadoras y trabajadores, pero que pagaremos entre todos . De este modo se generaliza la legislación laboral ordinaria a favor de los ERTE empresariales que se han utilizado masivamente durante la pandemia, ahora con mayores facilidades para su tramitación, y creará unos nuevos bajo la denominación Mecanismo RED para responder ante supuestas crisis cíclicas o sectoriales, o lo que es lo mismo: para cuando los empresaurios consideren necesario aplicarlos.
El Gobierno efectuará una evaluación de los resultados obtenidos por la reforma mediante el análisis de los datos de la contratación temporal e indefinida en enero de 2025, publicando la tasa de temporalidad general y por sectores, evaluación que deberá repetirse cada dos años.
El sindicalismo transformador RECHAZA la propuesta de REFORMA LABORAL del Gobierno
COMUNICADO: Los sindicatos firmantes de este comunicado rechazamos la propuesta laboral del gobierno del estado, y el incumplimiento de su compromiso a la hora de derogar la reforma, tal y como ha echo por otra parte con otras promesas hechas a la ciudadanía.
sábado, 1 de enero de 2022
TomaLaNoticia desea a sus lectores Información sin Mordazas y un Feliz año 2.022 !
Claro clarito, que últimamente esto de las felicitaciones más parece una broma. No vamos a caer en el desánimo. Por eso nos hemos ido al desierto, a buscar un poco de paz... y de paso algo de música. Y allí nos hemos encontrado a Bombino, la mejor guitarra del momento. Que alguien apague la vela. Vean este video.