jueves, 30 de mayo de 2019

Qué dice el informe de la ONU que exige la libertad de los presos catalanes acusados de rebelión Junqueras, Sànchez y Cuixart

El Nacional 29/5/19 - Demoledor informe del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de Naciones Unidas que considera arbitraria la privación de libertad de Oriol JunquerasJordi Sànchez y Jordi Cuixart y reclama su puesta enlibertad "inmediata", a la vez que pide que se lleve a cabo una investigación "exhaustiva e independiente" de las circunstancias que han provocado esta situación y que se adopten medidas contra los responsables de la violación de sus derechos.
El informe, que ya ha sido enviado al Gobierno, reitera que la privación de libertad de Junqueras, Sànchez y Cuixart es arbitraria y contraviene tanto la Declaración Universal de los Derechos Humanos como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. El estado español, como Estado Miembro de las Naciones Unidas, tiene la obligación de seguir las recomendaciones de este organismo en materia de derechos humanos.
El grupo de trabajo analiza cuatro cuestiones: presunción de inocencia, prisión preventiva, el derecho a ser juzgado por un tribunal competente e imparcial, y el derecho a disponer de tiempo y medios adecuados para su defensa. Así determina que el encarcelamiento de los tres presos políticos se hizo "en detrimento de garantías fundamentales" de un proceso yjuicio justo, "en particular la presunción de inocencia, ser juzgado por un tribunal competente e imparcial, y a la defensa adecuada".

Presunción de inocencia

El informe afirma que se violó la presunción de inocencia de Junqueras, Sànchez y Cuixart vistos los pronunciamientos de altos funcionarios del Estado "que han mostrado a la ciudadanía una anticipada responsabilidad penal de los detenidos" que han podido llegar a influir en los órganos judiciales.
Como ejemplo, las declaraciones Soraya Sáenz de Santamaría donde se vanagloriaba de haber decapitado a los partidos independentistas, o del ministro del Interior Juan Ignacio Zoido que se refirió a los líderes independentistas como imprudentes, peligrosos o rebeldes.

Prisión preventiva

El grupo de trabajo recuerda que "es norma establecida de derecho internacional que la detención preventiva sea la excepción y no la regla, y que tiene que ordenarse por el menor tiempo posible". En el caso de Junqueras, Sànchez y Cuixart, recuerda que están en prisión desde octubre y noviembre del 2017 y que se les ha negado reiteradamente la libertad condicional ante el riesgo de reincidencia. En este punto insisten en que la detención es arbitraria "por ser resultado del ejercicio del derecho a la libertad de opinión, expresión, asociación, reunión y participación" y se contraviene el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Derecho a ser juzgado por un tribunal competente e imparcial

El grupo de trabajo sostiene que no se puede atribuir a Junqueras, Sànchez y Cuixart ningún acto de violencia y que las actuaciones que se les atribuyen se llevaron a cabo en el ejercicio de la libertad de opinión, expresión, asociación, reunión y participación.
Apuntan que hay elementos que permiten afirmar que los jueces que han instruido el sumario del 1-O "han tenido ideas preestablecidas" sobre el caso. También cuestiona la jurisdicción del Tribunal Supremo, al entender que los competentes para investigar y juzgar los hechos tendrían que haber sido los tribunales de Catalunya, territorio donde se habían cometido presuntamente los hechos delictivos.
Por todo ello, el grupo de trabajo concluye que no se ha observado el derecho a ser juzgado por el tribunal competente e imparcial, derechos reconocidos en la Declaración Universal y en el Pacto de Derechos Civiles y Políticos.

Derecho a contar con el tiempo y los medios adecuados para la defensa

Finalmente, el informe sostiene que Junqueras, Sànchez y Cuixart no dispusieron del tiempo suficiente para preparar su defensa, al haber pasado poco tiempo entre la notificación de su condición de investigados y su declaración. Así, se muestra convencido de que el encarcelamiento de los tres se hizo "en detrimento de garantías fundamentales" de un proceso y juicio justo, "en particular la presunción de inocencia, ser juzgado por un tribunal competente e imparcial, y a la defensa adecuada".
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