domingo, 27 de julio de 2014

Puesta en libertad de Carlos y Carmen

Nos hacemos eco del comunicado emitido por la Red Solidaria Antirrepresiva:
COMUNICADO DE LA RED SOLIDARIA ANTIRREPRESIVA TRAS LA PUESTA EN LIBERTAD DE CARLOS CANO Y LA NO ENTRADA EN PRISIÓN DE CARMEN BAJO
CarmenYCarlos
La RED SOLIDARIDAD ANTIRREPRESIVA – reunida de urgencia en el 23 de julio para analizar el auto de la Audiencia Provincial de Granada por el cual el Juzgado de lo Penal nº 1 de Granada libró mandamiento de libertad al Centro Penitenciario de Albolote en el que notificaba la puesta en libertad de Carlos Cano y posteriormente remitido en el día de ayer al Gabinete Jurídico de la RED (AUSAJ) parte procesal de Carmen – emite el siguiente comunicado:
1. La RED SOLIDARIA ANTIRREPRESIVA quiere mostrar su gran satisfacción por la puesta en libertad de Carlos Cano y la no entrada en prisión de nuestra compañera Carmen Bajo.
2. Desde la RED SOLIDARIA ANTIRREPRESIVA queremos mostrar nuestra gratitud a las DECENAS DE MILES de personas, colectivos sociales, organizaciones político y sindicales que han firmado y apoyado las movilizaciones que se han convocado por la puesta en libertad de Carmen y Carlos.
3. La Libertad de Carlos como la no entrada en prisión de nuestra compañera Carmen está condicionada a que el Gobierno apruebe sus indultos. El periodo normal para que el Gobierno decida sobre un indulto viene oscilando entre tres y ocho meses, con lo cual debemos seguir luchando por la anulación definitiva de las condenas de Carmen y Carlos y de todos los represaliados de los diferentes territorios.
5. La parte procesal de nuestra compañera Carmen presentó INCIDENTE DE NULIDAD DE ACTUACCIONES por la sentencia de tres años y un día de prisión que fue denegada ante lo cual se presentó RECURSO DE AMPARO AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL sobre la base de que la sentencia condenatoria a nuestra compañera vulneraba DERECHOS FUNDAMENTALES como los DERECHOS DE HUELGA, REUNIÓN Y MANIFESTACIÓN. Por esta vía, se ha solicitado también del tribunal Constitucional, la SUSPENSIÓN CAUTELAR POR EL TRÁMITE DE URGENCIA (Art. 56, 6o – LOTC), sin que dicho Tribunal, pese a la evidente urgencia del caso, se haya pronunciado todavía.
6. Esta vía abre el camino a la defensa de los cientos de compañeros y compañeras que están siendo represaliados por el “delito” de defender los DERECHOS FUNDAMENTALES conquistados después de largos años de luchas.
7. El trámite de Indulto, como “concesión graciosa” del perdón al reo, supone la culpabilidad del condenado. Sin embargo, en el caso que nos ocupa, no basta ese perdón, sino que ha de resolverse acerca de la Constitucionalidad de la Sentencia Condenatoria, pues la condena se impone por el ejercicio, que reputamos legítimo, por parte de Carmen y Carlos, del DERECHO FUNDAMENTAL DE HUELGA. Luego, no es el indulto, sino el RECURSO DE AMPARO CONSTITUCIONAL, la vía adecuada para resolver este problema, ni por el alcance general del artículo 315, 31 del Código Penal, ni por la situación particular en que se produjo la condena de Carmen y Carlos. De ello da cuenta extensamente el RECURSO DE AMPARO formulado por los abogados de Carmen, que se puede consultar en la página web de AUSAJ (http://ausaj.org/node/33)
Es por todo ello que la RED SOLIDARIA ANTIRREPRESIVA convoca a todos los colectivos y organizaciones políticas y sindicales a unificar criterios de defensa incondicional de todos los represaliados y a mantener la coordinación necesaria con el fin de defender todos juntos nuestros derechos conquistados.
A tal fin, convocamos – el próximo 31 de julio a las 11:00 horas – a la rueda de prensa que se desarrollará en la puerta del Tribunal Constitucional – con la presencia de Carmen Bajo Crémer – en el que se presentará en el Registro del TC un escrito de apoyo al RECURSO DE AMPARO QUE AFECTA AL DERECHO DE HUELGA.
¡¡ANULACIÓN DE CONDENAS A LOS REPRESALIDOS POR LA DEFENSA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES!!
¡¡NI UNA DETENCIÓN, IMPUTACIÓN, ENCARCELACIÓN POR LUCHAR!!
Red Solidaria Antirrepresiva

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